Auditorías Remotas no Permitidas
Como es sabido, los Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión diferentes a IATF 16949, tienen permitido realizar auditorías remotas, considerando inicialmente una identificación de los riesgos y oportunidades que pueden afectar la efectividad de la auditoría, incluyendo la selección de tecnologías, y cómo se gestionan.
Al final de este articulo se encuentra un link que te llevará a todas las noticias más relevantes publicadas por IATF al día de hoy.
Ante la situación de COVID-19, IATF (International Automotive Task Force) ha definido desde un principio que las Auditorías Remotas para el Sistema de Gestión de Calidad IATF 16949, no están permitidas, ya que como bien sabemos, se debe comprobar el cumplimiento y efectividad de todos los requisitos de la norma, lo cual es complicado de realizarse en una auditoría remota.
¿Qué se ha definido con respecto al cumplimiento de las Reglas de Esquema IATF 16949?
IATF ha estado atento al impacto del COVID-19 en el esquema de Certi?cación del Sistema de Gestión IATF 16949. En primer lugar, IATF ha manifestado que la principal prioridad actual es la seguridad y el bienestar de todos los involucrados en este esquema.
Ante esta situación, IATF ha definido un documento llamado Medidas globales de la IATF en respuesta al COVID-19«, el cual se ha ido actualizando, de acuerdo con la situación de Emergencia que está viviendo a nivel global. El objetivo de este documento es definir los lineamientos para que todas las partes interesadas de este esquema de certificación conozcan cómo deben actuar para mitigar el impacto en la continuidad de realización de las auditorías y de los procesos de certificación.
Para los procesos de certificación de las empresas que se encuentran dentro del esquema definido en las Reglas del Esquema IATF 16949, 5ª edición, el documento define aprobaciones especiales (waivers) que deben ser aplicados por los Organismos de Certificación.
¿Qué establecen las medidas globales IATF ante COVID – 19?
Como primer waiver, IATF ha otorgado una extensión de seis (6) meses a cada certificado emitido y válido actualmente (incluidos los certificados que se encuentran actualmente en estado de suspensión). Esta situación se reflejará en la Base de datos de IATF y posteriormente será visible en la Validez del certificado. Ver validez en este link.
Para las situaciones mencionadas anteriormente, IATF está otorgando una extensión adicional de X días calendario, lo cual se debe entender como días adicionales a los tiempos máximos de?nidos de las Reglas de Esquema IATF, 5ª edición.
- Inicio de Certificación: Tiempo entre stage 1 y stage 2 : Extensión de 90 días más (Total 180 días entre stage 1 y stage 2)
- Notificación del cliente (8.1 b y 8.1 d): En los casos en que no se pueda realizar una auditoría especial en el sitio requerida, se está otorgando una extensión de 90 días para comenzarla.
- No Conformidades Mayores identificadas (8.1 c): se está otorgando una extensión de 90 días para enviar los documentos que evidencien la definición de Acciones Correctivas y realizar una auditoría especial. Posteriormente, se está otorgando una extensión máxima adicional de 90 días que se pueden aplicar para tomar una decisión de certificación .
- Auditorias de seguimiento no realizadas en los plazos establecidos (8.1 e): En Auditorías de vigilancia, extensión adicional de 90 días para comenzar con esta auditoría, sin iniciar el proceso de descertificación. Cuando este tiempo adicional no puede ser logrado, la descertificación proceso deberá ser iniciado. Auditorías de recertificación se deben completar a más tardar 120 días calendario antes de la fecha de vencimiento prolongada de la fecha pertinente del Certificado IATF.
- Queja de desempeño por el cliente (8.1 a): En los casos en que no se pueda realizar una auditoría especial en el sitio (requerida), lATF está otorgando una extensión adicional de 90 días para comenzar con la auditoría especial.
Consideraciones a tener en cuenta
En el momento que una empresa tome la decisión de presentarse a Auditoría, debe considerar que los requisitos de la Norma IATF 16949 serán contemplados de manera completa. Lo cual significa que, actividades pendientes debido a la Situación de COVID-19, tales como Auditorías Internas, Revisión por la Dirección, deben encontrarse de manera completa.
Considerar el Sistema de Gestión de Calidad IATF 16949, como una herramienta que les apoye en la reactivación de actividades de operación. Esto sugiere que se considere el Análisis de Riesgos, ante todas las posibles situaciones que se les pueda estar presentando, y a las cuales deban definir acciones de mitigación, para poder lograr el cumplimiento de objetivos definidos por la Alta Dirección.
Identificación de requisitos de Partes Interesadas (Reglamentación ante Situación de COVID-19).
El Sistema de Gestión de Calidad IATF 16949, es un Sistema robusto que les va a ayudar a las empresas en este tiempo de crisis, afrontar y tomar decisiones que les permita reactivarse de una manera segura y confiable para todas las partes interesadas dentro de este esquema.
Para obtener detalles sobre estas actualizaciones, da clic en el siguiente link:
¿Ya ha revisado cuáles son las fechas máximas de presentación a su auditoría en sitio, de acuerdo con el esquema definido en las Reglas de Esquema IATF 16949 5ª edición?.
¿Ya se ha comunicado con su Organismo de Certificación, para la toma de acciones que correspondan de acuerdo con estas Medidas Globales definidas por IATF?.
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